los maltas. La expansión de los maltas y leyes que los contrarrectan. II parte.

jueves, 11 de agosto de 2011

Como ya dije en su día en entradas similares, después de muchas presiones tanto internas como externas, el día 13 de mayo de 1888 se instaura la Ley de Aurea, que prohíbe la esclavitud en Brasil, esta ley fue promulgada por decreto por la princesa Isabel I de Bragança, quien entonces estaba regente por la ausencia de su padre el emperador Pedro II de Brasil. Su nombre, Ley de Aurea, significa en latín Ley Dorada, la princesa eligió el día por ser la fecha de aniversario de su bisabuelo, don Juan VI de Portugal. Esta ley causó mucha conmoción entre los hacendarios, pues exigían una indemnización por la pérdida de sus bienes. Al ver que sus demandas no fueron atendidas, decidieron apoyar el movimiento republicano, lo cual eventualmente condujo al fin del Imperio de Brasil y el establecimiento de una república.
El texto de dicha ley era breve y sencillo:

Artículo 1; Es declarada extinta, desde la fecha de esta ley, la esclavitud en Brasil.

Artículo 2; Se revocan todas las disposiciones en contrario.

Esta ley exigía la abolición inmediata e incondicional. Sin embargo, no previó medidas prácticas para insertar a los ex-esclavos a la sociedad brasileña. Por lo tanto, la ley no mejoró la condición social y económica de los ex-esclavos, puesto que no contaban con ninguna escolarización o profesión definida. Aún así, el Papa León XIII premió a la princesa Isabel con la Rosa de Oro por la Ley de Aurea.
Brasil fue el último país en América en abolir la esclavitud. Pero los negros no consiguieron la verdadera libertad, ya que carecían de derechos y de garantías, prohibiéndoles practicar sus rituales religiosos y culturales. Y es de esta forma como la capoeira pasó a estar asociada a una forma de lucha, arraigada a las estrategias de supervivencia de la población negra, que resistió, cedió, atacó y fue agredida. Esta situación, acabó de alguna forma, fijando sus significados en comportamientos considerados ilegales o criminales, que fueron rigurosamente perseguidos por la policía. Muchas de estas acciones tuvieron como telón de fondo la lucha de los esclavos contra la represión y por la libertad, principalmente a partir del s. XIX, época en la que aumentó notablemente la población de negros libertos.
La capoeira, se extendió con gran fuerza, atrayendo a parte de la población blanca, donde un número bastante elevado de jóvenes, fueron seducidos por su belleza, e hizo que tuviera éxito entre las nuevas generaciones, y posiblemente gracias a este movimiento hoy en día está tan extendida. La franja de edad de los presos capoeiristas de entonces, denota en su mayoría con la presencia de jóvenes que comprendían una edad entre los 15 y los 25 años. De esta forma, pasó a constituirse en una práctica indeseada y que debería ser extirpada del seno de la sociedad.
Contra estos primeros capoeiristas, entre los cuales existían esclavos fugitivos, negros libertos y elementos marginados por la sociedad esclavista, habían pasado a existir una serie de leyes penales que los consideraban como desordenados y delincuentes, siendo rigurosamente vigilados y perseguidos. La evolución de las leyes ocurría en el mismo orden en que los esclavos iban obteniendo la libertad gradualmente a través de las cartas de alforria o de las compras de sus libertades, que les conferían unos nuevos estatus jurídicos. Pero cabe destacar que años atrás los disturbios contra capoeiristas y el intento de disolución de la práctica de la capoeira ya había comenzado, la guerra contra la lucha para disolver la capoeira llegó antes que la abolición de la esclavitud, que no fue más que un problema añadido para el gobierno, ya que con la libertad absoluta de los esclavos se multiplicaron los problemas para erradicar la capoeira.
Afirmación de Rego;
``El Brasil, que nació sin una policía organizada, comenzó a pensar en ello el 24 de octubre de 1626, con la primera idea de organizar, en Río de Janeiro, una policía inspirada en las ordenaciones Filipinas, teniendo como patrono al juez general del crimen Luís Nogueira de Brito. El trabajo era gratuito y ejecutado por funcionarios llamados quadrilheiros, debiendo la actuación a ser hechas por manzanas, teniendo cada cual un responsable. La tarea era mantener la tranquilidad de la ciudad y evitar el vicio y la delincuencia. Como estaba proliferando con el crecimiento de la ciudad, surge en 1725 el gobernador Luís Bahía Monteira, con el puño de hierro, para impedir el crimen y por ello fue apodado Onza (Jaguar), debido a la semejanza de su ferocidad con la del animal. De ahí, la policía vino a sufrir una reestructuración, para servir de base en 1808´´(La traducción del texto original puede que haya variado un poco, pero el mensaje viene a ser el mismo).

Igualmente con esta fuerza represora, los métodos de la policía no fueron suficientes para repeler
las acciones de los capoeiristas, ya habitantes del crimen como consecuencia de las injusticias sociales que el sistema originaba.
Para aquellos negros que habían pasado a ser aforriados (ex-esclavos), al ser tratados como personas libres, también cambió su relación jurídica, otorgándoles algunas libertades individuales, entre ellas por ejemplo la de hacer capoeira como una actividad deportiva.
En el decreto del 13 de mayo de 1809, sale publicado la creación de la guardia real de la policía, que fue confiada al Mayor Miguel Nunes Vidigal, que se volvió un célebre combatiente de los capoeiristas, causándoles un verdadero terror, porque el era también capoeirista.
Afirmación de Barreto Filho y Lima;
``Era un hombre alto, gordo, del calibre de un granadero, perezoso, de habla suave, pero un capoeirista habilidoso, de sangre fría, y de una agilidad a toda prueba, respetado por los más temibles guardaespaldas de esa época. Manejaba maravillosamente el palo, el cuchillo, el puño y la navaja. Era excelente con los golpes de la cabeza y los pies´´(La traducción del texto original puede que haya variado un poco, pero el mensaje viene a ser el mismo).
Esta narrativa nos apunta a que el capoeiragem, ya formaba parte de la sociedad blanca y era utilizada en iguales condiciones para reprimir aquellos que no se encuadraban en el modelo dominante. El Mayor Vidigal, parecía estar en todas partes, con sus granaderos armados de largos chicotes (palos con látigo), para mantener la distancia en caso de tener que protegerse de un ataque de un capoeirista. Frecuentaba inesperadamente los quilombos, las ruedas de samba y los candomblés, reventando todo y a todos los que encontraba. A los capoeiristas, que fueron su objetivo principal, les reservaba un tratamiento especial, les daba una paliza y les hacía una series de torturas que llamaba la cena de los camarones.
Tras la creación de Intendencia General de la Policía, el capoeirista nunca más tuvo paz, teniendo a partir de aquella fecha numerosos perseguidores. Sin embargo a pesar del puño de hierro del Mayor Vidigal y de otros jefes, no fue bastante para extinguir la capoeira, y mucho menos el problema de los constantes conflictos entre la policía y los capoeiristas, sobre todo en lo relativo al uso de las armas características que usaban los capoeiros de la época. Este arma era la temible navaja, que manejaban con la más absoluta destreza, por entonces los capoeiristas se distinguían por usar un pañuelo de seda pura que se emvolvían alrededor del cuello para evitar los cortes profundos en la garganta.
A lo largo del imperio se constituyeron las siguientes legislaciones que prohibieron la práctica de la capoeira, algunas se denominaban como decisiones.

Las legislaciones que prohibían la capoeira:

-Decisión del 31 de octubre de 1821. Determinó sobre la ejecución de castigos corporales en plazas públicas a todos los negro llamados capoeiras.

-Decisión del 5 de noviembre de 1821. Determinó providencias que deberían ser tomadas contra los negros capoeiras en la ciudad de Río de Janeiro.

-Decisión del 6 de enero de 1822. Mandaba a castigar con azotes a los esclavos capoeiras presos por delito in fraganti.

-Decisión del 28 de mayo de 1824. Daba providencias sobre los negros denominados capoeiras.

-Decisión del 13 de septiembre 1824. Declara que el decreto del número 30 de agosto se refiere sólo a esclavos capoeiristas.

-Decisión del 9 de octubre de 1824. Declara que los esclavos presos por capoeiras deben sufrir, además de la pena de tres meses de trabajos forzados, el castigo de doscientos azotes.

-Decisión del 27 de julio de 1831. manda que la junta policial proponga medidas para la captura y condena de los capoeiristas y malhechores.

-Postura del 17 de noviembre de 1832. Prohibía el juego de la capoeira. ``Traen oculto un pequeño palo o una especie de puñal escondido entre la manga de la americana o en la pierna del pantalón...´´``Toman propiedades y se reúnen junto a las fuentes, donde provocan alborotos y peleas, cerca de la iglesia del Rosario, en el Largo de la Misericordia, donde por la noche las mujeres se reunían...´´

-Decisión del 17 de abril de 1834. Solicita providencias respecto a los operarios del arsenal de marina que se vuelvan sospechosos de andar armados. Esta decisión hacía referencia a una acusación de asesinato hecha contra un negro, y mencionaba que ya habían sido dadas órdenes al jefe de policía sobre los capoeiristas.

-Decisión del 17 de abril de 1834. Da instrucciones respecto a los negros que después de anochecer fueran encontrados con armas o en desórdenes.

Pulsa aquí para ver la III parte.

1º Nota: Gran parte de la fuente de este artículo está extraída de la tesis titulada ``De la vadiagem al deporte- trayectoria de la capoeira´´ del autor Serigio Luiz de Sousa Vieira.

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